IMSS
ÁREAS DE PRÁCTICA
¿Qué debemos saber del IMSS?
El instituto Mexicano del Seguro Social tiene un mandato legal derivado del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Su misión es ser el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, para todos los trabajadores y sus familias.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social (LSS) la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.
Las prestaciones que el IMSS brinda a sus derechohabientes se encuentran bajo dos tipos de regímenes:
- Régimen Obligatorio: Es donde una persona es afiliada por el patrón por tener una relación laboral que obligue a su aseguramiento.
Se integra por cinco tipos de seguros:
-
Riesgo de trabajo (SRT)
-
Enfermedades y Maternidad (SEM)
-
Invalidez y Vida (SIV)
-
Retiro, cesantía en Edad Avanzada y Vejez ((SRCV)
-
Guarderías y Prestaciones Sociales (SGPS)
-Régimen Voluntario: La afiliación es producto de una decisión individual o colectiva.
El régimen voluntario cuenta con:
-
El seguro de Salud para la Familia (SSFAM)
-
El Seguro Facultativo, entre otras.
¿Cuántos tipos de pensiones hay en el IMSS?
Actualmente existen dos regímenes para pensionarte y se determinan de acuerdo a la fecha en que comenzaste tus cotizaciones ante el IMSS.
-
Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
-
Régimen de 1977: Si comenzaste a cotizar a partir del 1° de julio de 1977.
Te explicamos el Régimen de la Ley de 1997
Si te registras a partir del 1° de julio de 1997, tu régimen es Ley 97.
Si durante tu vida laboral estuviste registrado en el IMSS, es indispensable que conozcas tu régimen de pensión (Ley 73 o Ley 97) antes de iniciar tus trámites de retiro, pues cada régimen establece requisitos diferentes.
Esto es clave para resolver los problemas más comunes que podrías encontrarte al solicitar tu pensión.
Aquí te vamos a orientar para que te sea más fácil planificar tu pensión.
Debes recordar que tu fecha de inscripción ante el IMSS no necesariamente es la misma en que comenzaste a trabajar.
Es muy sencillo conocer a que régimen perteneces. Si te diste de alta en el IMSS antes del 1° de julio de 1977, tu régimen es Ley 73; y si te registraste a partir del 1 de julio de 1997, tu régimen es Ley 97.
Puedes consultar el régimen al que perteneces a través del Estado de Cuenta de tu AFORE, o bien, puedes obtener una Constancia de Vigencia de Derechos para saber la fecha exacta de tu registro en el IMSS.
Si perteneces al régimen de la Ley 97, puedes elegir la pensión que desees de estas dos modalidades.
-
Renta vitalicia: Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora de las que indica el IMSS.
El monto de tu pensión dependerá del monto acumulado en tu Cuenta de Afore, actualizándose anualmente de acuerdo con la inflación, de esta manera se garantiza el pago de una Pensión Predeterminada de por vida.
Para asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión cuando fenezcas, debes comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de cuenta individual.
-
Retiro Programado: Es una pensión que contrata con la AFORE en la que estás registrado, dependiendo del monto que hayas acumulado en tu Cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y la esperanza de vida que te hayan calculado.
Esta pensión la recibirás hasta que se agoten los recursos de tu Cuenta.
Lo mismo que en la anterior, es conveniente asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión cuando fenezcas, por lo que debes comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual
PENSIÓN GARANTIZADA
Esta modalidad es pagada por el Gobierno Federal y es otorgada a las personas que cumplan con los requisitos de edad y un mínimo de 775 semanas cotizadas.
En este caso, es pagada siempre y cuando los recursos que tengas no alcancen para contratar las dos anteriores modalidades.
A continuación, mencionamos los requisitos generales para obtener una pensión bajo la Ley del 97 IMSS.
Para el año 2022, se necesitan 775 semanas cotizadas. Se incrementarán 25 semanas por año, hasta llegar a 1,000 en el 2031.
Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía.
Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez.
¿Cómo puedo obtener la pensión más alta en el IMSS?
Puedes obtener pensión de retiro, siempre y cuando la pensión que se te calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios.
¿Qué beneficios tengo como pensionado del IMSS?
El pensionado recibirá una ayuda económica denominada asignación familiar, por concepto de carga familiar respecto a los beneficiarios siguientes: Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: 15% por esposa o concubina. 10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.
¿Qué tipo de pensiones existen?
El IMSS y el ISSSTE tienen varios tipos de pensiones y cada una de las pensiones tiene una forma de calcularse, sus requisitos, etc.
Pensión de cesantía: Es un beneficio económico que se otorga a los trabajadores cuando quedan desempleados involuntariamente. Suele ser un porcentaje de salario que el trabajador ha acumulado durante su vida laboral. Este tipo de pensión proporciona un respaldo financiero mientras el trabajador busca un nuevo empleo.
Pensión de orfandad: Es un beneficio económico que se otorga a los hijos menores de edad o con discapacidad que hayan perdido a uno o ambos padres. Esta pensión suele ser parte de los sistemas de seguridad social y proporciona un apoyo financiero para cubrir las necesidades básicas del niño o niña.
Pensión de ascendencia: Es un beneficio económico que se otorga a los familiares directos de un trabajador fallecido, como los padres o los abuelos.
Pensión de viudez: Es un beneficio económico que se otorga a la cónyuge superviviente de un trabajador fallecido. Este tipo de pensión proporciona un apoyo financiero a la persona viuda tras la pérdida de su pareja.
Pensión de viudez orfandad: Es un beneficio económico que se otorga a la cónyuge sobreviviente cuando queda a cargo de hijos menores de edad o con discapacidad tras el fallecimiento del cónyuge. Este tipo de pensión combina los beneficios de la pensión por viudez y la pensión por orfandad, proporcionando un apoyo financiero tanto para la cónyuge como para los hijos dependientes del trabajador fallecido.
Pensión por invalidez por riesgo de trabajo: Es un beneficio económico otorgado a los trabajadores que sufren una discapacidad permanente como resultado de un accidente o enfermedad laboral. Esta pensión está destinada a proporcionar apoyo financiero a aquellos trabajadores que, debido a su condición de discapacidad, no pueden continuar desempeñando su trabajo habitual.
Y todo esto derivado prácticamente de un riesgo de trabajo o de una invalidez.
¿Qué requisitos necesito para tramitar la pensión?
Los requisitos para tramitar una pensión laboral pueden variar según el tipo de pensión. Sin embargo, algunos requisitos comunes pueden incluir:
-
Cumplir con la edad mínima requerida para la jubilación, si se trata de una pensión por jubilación.
-
Haber cotizado un número mínimo de años al sistema de seguridad social o al plan de pensiones correspondiente.
-
Presentar la documentación necesaria, como identificación oficial, historial laboral, certificados médicos (en caso de pensión por invalidez) acta de nacimiento, acta de matrimonio, curp del pensionado y de sus beneficiarios, entre otros.
-
Número de seguro social.
-
Estado de cuenta del AFORE.
Es importante verificar los requisitos específicos de cada tipo de pensión. Además, considera buscar asesoramiento profesional si necesitas ayuda con los trámites o la planificación de tu jubilación.
¿Qué es lo que debo saber antes de tramitar una pensión?
Primero tener los requisitos que anteriormente dijimos actualizados.
Segundo, antes de ir al seguro social es muy importante que consulten a alguien que los pueda orientar y que les de información verídica.
Muy importante, no vayas sin antes consultar con un especialista.
¿Por qué se puede negar una pensión?
Una pensión laboral puede ser negada por diversas razones, entre las cuales pueden incluirse:
-
No cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos por la ley o el plan de pensiones.
-
Presentar documentación incompleta o incorrecta durante el proceso d solicitud.
-
No haber cotizado el tiempo mínimo requerido al sistema de seguridad social o al plan de pensiones correspondiente.
-
No cumplir con los criterios médicos necesarios para calificar para una pensión por invalidez.
-
Haber alcanzado la edad de jubilación sin cumplir con los requisitos necesarios para recibir una pensión de jubilación.
-
Haber sido despedido por causa justificada o haber renunciado voluntariamente al empleo.
-
Falta de evidencia suficiente para demostrar la relación entre una enfermedad o lesión y el trabajo realizado, en el caso de pensiones por riesgo de trabajo.
Es importante seguir los procedimientos adecuados y asegurarse de cumplir con todos los requisitos establecidos al solicitar una pensión laboral para evitar que sea negada. En caso de que la pensión sea denegada, se puede apelar la decisión siguiendo los canales de recurso disponibles según la legislación vigente.
¿Qué debo hacer para recibir mi pensión?
Para recibir tu pensión laboral, sigue estos pasos:
-
Investiga los requisitos: Averigua los requisitos específicos para el tipo de pensión que estás solicitando y asegúrate de cumplir con ellos.
-
Reúne la documentación: Obtén todos los documentos necesarios, como identificación oficial, historial laboral, certificados médicos, entre otros.
-
Presenta la solicitud: Completa el formulario de solicitud de pensión y presenta toda la documentación requerida ante la institución correspondiente, como la seguridad social o el fondo de pensiones.
-
Realiza seguimiento: Mantente al tanto del progreso de tu solicitud y proporciona cualquier información adicional que te soliciten.
-
Prepárate para la revisión: Si es necesario, prepárate para una evaluación médica o revisión de tu historial laboral para determinar tu elegibilidad para la pensión.
-
Recibe la pensión: Una vez que tu pensión sea aprobada, comenzarás a recibir los pagos de tu pensión de acuerdo con el calendario por la institución correspondiente.
¿Cuándo debo comenzar mi estrategia de pensión?
Es recomendable comenzar a pensar en tu estrategia de pensión laboral tan pronto como sea posible en tu vida laboral. Aquí hay algunos momentos clave para considerar.
-
Al empezar a trabajar: Tan pronto como comiences a trabajar, es importante informarte sobre los beneficios de pensión que ofrece tu empleador y cómo funcionan. Esto te ayudará a entender que opciones tienes disponibles y cómo pueden impactar tu futuro financiero.
-
A medida que avanzas tu carrera: Es importante revisar regularmente tu plan de pensiones y asegurarte de que esté alineado con tus objetivos financieros a largo plazo. Considera aumentar tus contribuciones si es posible para maximizar tus ahorros para la jubilación.
-
Antes de la jubilación: A medida que te acerques a la edad de jubilación, revisa tu plan de pensiones y considera si necesitas ajustar tu estrategia de inversión o tomar decisiones sobre cómo recibir tus pagos de pensión.
-
Durante la jubilación: Una vez que te jubiles, sigue monitorizando tus ingresos de pensión y asegúrate de que estén siendo suficientes para cubrir tus necesidades financieras.
Cuanto antes empieces a planificar y ahorrar para tu pensión laboral, mejor preparado estarás para asegurar un futuro financiero estable durante la jubilación.
Conoce más de nuestros servicios
-
Pensión de cesantía o vejez
-
Pensión de viudez y orfandad
-
Ajuste, incremento o reactivación de pensión
-
Trámite judicial para acreditar concubinato / beneficiario
-
Transferencia de derechos ISSSTE/IMSS IMSS/ISSSTE
-
Conservación de derechos
-
Continuación voluntaria
-
Corrección de datos: unificación, duplicidad
-
Recuperación de Infonavit y Afore